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DECRETO N° 1304

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con las facultades que le otorgan los artículos 115 párrafo tercero de la fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 59 fracción IX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 26 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, califica justificadas las causas que aducen los ciudadanos DELIA MÉNDEZ RAMOS, Presidenta Municipal; RICARDO ALBERTO LUNA CARRASCO, Síndico Municipal; ISAAC CHÁVEZ LÓPEZ, Regidor de Hacienda; VÍCTOR ROJAS VELÁSQUEZ, Regidor de Obras; LEONCIO GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Regidor de Agencias y Colonias; ROBERTO JAVIER AYALA LÓPEZ, Regidor de Ecología; DELFINO ANAYA MARTÍNEZ, Suplente de la Presidenta Municipal; FLORA CLEMENCIA AMPARO CARRASCO CARRASCO, Suplente del Regidor de Obras; MARISOL YANELI DÍAZ PEREZ, Suplente del Regidor de Hacienda; JOSE JIMÉNEZ DÍAZ, Suplente del Síndico Municipal; y MANUEL RAMÍREZ MIGUEL, Suplente del Regidor de Educación, del Ayuntamiento de Villa de Etla, Etla, Oaxaca, en sus escritos de fecha 4 de junio de 2009, que presentaron ante el Congreso del Estado, en consecuencia, se aprueban las renuncias para separarse de sus respectivos cargos, presentadas por los concejales propietarios, así como las negativas de los suplentes para asumir dichos cargos.

 

 

La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en términos de los artículos 115 párrafo tercero de la fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 59 fracción IX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 86 fracción I, 87, 88 y 93 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, por desintegración del cuerpo colegiado municipal, declara la desaparición del Ayuntamiento de Villa de Etla, Oaxaca, al haber renunciado a sus cargos 11 de 14 Concejales entre Propietarios y Suplentes. Comuníquese la presente determinación, al Titular del Poder Ejecutivo de la Entidad, para que en uso de sus facultades, proceda en términos de los artículos 79 fracción XV de la Constitución Política del Estado y 87 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca.

 

 

Comuníquese esta determinación al promovente de la solicitud de desaparición del Ayuntamiento de Villa de Etla y a los concejales que presentaron sus renuncias, en la forma y términos legales; al Titular de la Auditoría Superior del Estado; al Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado; al Presidente del Instituto Estatal Electoral y al Director de Gobierno, para los efectos legales procedentes.

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 11 de junio de 2009.

 

 

 

DIP. ROGELIO SÁNCHEZ CRUZ.

PRESIDENTE.
RÚBRICA

 

 

 

DIP. HÉCTOR HERNÁNDEZ GÚZMAN.

SECRETARIO.
RÚBRICA

 

 

DIP. FELIPE REYES ÁLVAREZ

SECRETARIO.
RÚBRICA